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martes, 19 de marzo de 2024
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Por un Estado Autónomo sin ONGs

Por un Estado autónomo
Hay funciones inherentes exclusivamente al Estado. Como aquellas que implican la elaboración de leyes, la administración de justicia, la defensa nacional y las reservadas sólo al Jurado Nacional de Elecciones. En ellas, bajo ningún concepto se puede aceptar injerencia de organismos privados –extraños al Estado– como es el caso de las ONGs.

Lamentablemente estas asociaciones foráneas han construido un monumental edificio ideológico, una taimada estrategia jurídica y una serie de programas encubiertos de capacitación y formación dirigidos a conseguir apoyo incondicional de legisladores, magistrados y administradores públicos en general. En la práctica las ONGs ofenden y quiebran el criterio de conciencia indispensable en los órganos del Estado; por ejemplo, al momento de influir en la Justicia, en la emisión de leyes y resoluciones, y en temas electorales, con el solo propósito de torcer todo aquello para derivarlo a sus intereses.

Pero el problema va más allá, pues este copamiento de las instituciones estatales por las ONGs se extiende incluso al Ministerio Público (Fiscalías) y a la Defensoría del Pueblo. No obstante, respecto a esta última sabemos que con el liderazgo que irradia Beatriz Merino la influencia izquierdista de las ONGs –heredada a lo largo de los últimos cinco años– ha empezado a resquebrajarse.
Los funcionarios a cargo del Estado están pues obligados a actuar con estricto arreglo a la Constitución y a la Ley. De ninguna manera pueden permitir que sus dependencias sean sustituidas por terceros en las prerrogativas que les son propias; y tampoco pueden dejarse influenciar –al momento de cumplir sus obligaciones– con orientaciones, ideologías o dictados que escapan a su verdadero rol de servidores públicos.

El Poder Judicial, por ejemplo, por mandato de la Constitución es el encargado de administrar Justicia. Lo hace a través de Juzgados de Paz, Juzgados Especializados en lo Civil, Penal, Laboral, Agrario, del Niño y del Adolescente, las Cortes Superiores, con sus Salas Civiles, Penales, de Trabajo, Mixtas, etc., y la Corte Suprema de Justicia de la República. Para ello el PJ está obligado a cumplir a cabalidad lo prescrito por el inc. 2) del artículo 139º de la Constitución referido a “la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional” y a que nadie puede arrogarse causas pendientes ni interferir en el ejercicio de la función de administrar justicia en nuestro país.
La ciudadanía confiará más en el Poder Judicial cuando éste haga respetar sus fueros, su autonomía y rechace a aquellas ONGs –interesadas en convertir a nuestra Justicia en un apéndice del progresismo internacional– que pretenden darle cátedra de cómo aplicar la ley y de cómo juzgar. Concretamente en casos de derechos humanos, terrorismo, etc.

Finalmente resulta patético señalarlo pero –en el extremo de su pretensión de convertir al Estado peruano en títere del intereses económicos foráneos– las ONGs recurren inclusive a la vulgar manipulación de determinados legisladores, funcionarios públicos, jueces, fiscales, etc., aprovechando aquella red que amical o artificialmente –con bolsillos llenos– han hilvanado durante los últimos años entre estratégicos servidores públicos y directivos oenegistas con el fin de conseguir leyes, torcer sentencias y obtener resoluciones del Estado a favor de las causas que patrocinan y defienden las ONGs.
Expreso
20 de enero del 2006

 
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